Descripción:
Desde el pasado día 1 de Julio de 1.999 a través del Real
Decreto 607/1999 se establece la obligatoriedad de contratar un Seguro
de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para embarcaciones
de recreo o deportivas.
Según
lo establecido en dicho Reglamento, las embarcaciones de recreo o deportivas
que deben contratar obligatoriamente este Seguro son:
- Objetos
flotantes destinados a la navegación de recreo o deportiva
propulsadas a motor.
- Motos
Náuticas.
- Embarcaciones
sin motor con una eslora superior a 6 metros.
Las
embarcaciones de vela ligera no se rigen por este Seguro Obligatorio